Brexit: ¿Cuáles son los cambios en el transporte por carretera y el comercio de mercancías entre Europa y el Reino Unido?
Lun, 01/03/2021 - 07:15
Noticias y acontecimientos
El 31 de diciembre de 2020 finalizó el periodo de transición para la retirada del Reino Unido de la Unión Europea (UE), con importantes cambios en el transporte por carretera y el comercio de mercancías entre Europa y el Reino Unido, donde ya no se aplica la legislación comunitaria.

A efectos aduaneros, el Reino Unido pasa a ser considerado un país extracomunitario con un régimen preferencial en lo que respecta al comercio de mercancías y al transporte por carretera. Este nuevo escenario se debe al Acuerdo de Comercio y Cooperación celebrado entre la UE y el Reino Unido el 24 de diciembre de 2020.
En lo que respecta al transporte por carretera, la decisión del Reino Unido de abandonar el mercado único y la unión aduanera de la UE tiene algunas consecuencias importantes, como la imposibilidad de participar en el mercado único de servicios de transporte de la UE. Los transportistas también pierden el derecho de mantener un comercio transfronterizo ilimitado en la UE y sólo pueden realizar tres operaciones de cabotaje en el territorio de un Estado miembro.
Aun así, este acuerdo comercial aporta algunas ventajas al sector del transporte por carretera:
- Acceso ilimitado de punto a punto para los transportistas que transporten entre la UE y el Reino Unido, y plenos derechos de tránsito entre los demás territorios;
- Derecho a realizar hasta dos operaciones adicionales en el territorio de la otra parte (como máximo una operación de cabotaje para los transportistas británicos);
- Disposiciones sobre condiciones de trabajo, seguridad vial, competencia leal y cláusulas de igualdad de condiciones horizontales en materia de medio ambiente, asuntos sociales y competencia.
Sin embargo, el acuerdo también beneficia al comercio de mercancías entre el Reino Unido y la UE:
- Cero aranceles o cuotas para las mercancías comercializadas, lo que garantiza precios más bajos para los consumidores (siempre que se cumplan las normas acordadas). Los comerciantes pueden autocertificar el origen de las mercancías vendidas y disfrutar de la "acumulación total" (es decir, las actividades de elaboración también se tienen en cuenta para el origen, no sólo los materiales utilizados), lo que facilita el cumplimiento de los requisitos y la obtención de un acceso sin aranceles;
- Reconocimiento mutuo a través de los programas de comerciantes de confianza, esto es, los "Operadores Económicos Autorizados", que garantizan unos trámites aduaneros más ligeros y un flujo de mercancías equilibrado;
- Los productores pueden abastecer a ambos mercados más fácilmente, con una definición de referencia común de las normativas internacionales y la posibilidad de autodeclarar la conformidad de los productos de bajo riesgo;
- Disposiciones para facilitar el comercio del vino, la automoción, los productos orgánicos, los productos farmacéuticos y los productos químicos.
Fuente:
Unión Europea
Avalara
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